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  • Escrito en Febrero 17, 2010

    Por Fernando Cordero

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    En el mes de diciembre de 2009 en mi condición de Presidente de la Asamblea Nacional, recibí el oficio Nº AG-2009-39660, suscrito por el Alcalde de Guayaquil, en el que señalaba en forma expresa que el Ministerio de Finanzas había violado la Constitución al calcular el monto global del 15% de ingresos permanentes y 5% de ingresos no permanentes, según lo previsto en el artículo 271 de la Constitución vigente. En ese mismo oficio nos informaba a la Asamblea Nacional que según los análisis realizados por la Municipalidad de Guayaquil: “La masa a distribuir de acuerdo a lo establecido en el Art. 271 de la Constitución, es pues, de USD $1.757´656.397,95 a favor de los Gobiernos Autónomos Descentralizados GAD´s”. (ver información Completa)

    Como alternativa a esa cifra propuesta desde Guayaquil, la Asamblea Nacional, el 29 de Diciembre, estableció que, a más de la partida establecida en el presupuesto 2010 para los GAD el Ministerio de Finanzas debía calcular el valor total requerido por todas y cada una de las leyes vigentes -con las que se distribuyeron fondos a las municipalidades y consejos provinciales, en el año 2008, actualizadas al 2010-1 y agregar en el presupuesto 2010 el faltante o diferencia entre el nuevo valor y el de la partida presupuestaria creada para los GAD´s por USD $ 1´723.200.000.
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