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  • Escrito en Marzo 10, 2010

    Por Francisco Ulloa

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    panchito2El Bloque del MPD, a través  del Asamblelísta Francisco Ulloa, denunció que el Código de Ordenamiento Territorial le mete la mano al bolsillo a los sectores populares, ya que le da la potestad a los Gobiernos Autónomos Descentralizados y Gobiernos Regionales a crear  impuestos, tasas, financiamiento de la obra pública a cargo de la población, entre otros aspectos inconstitucionales, que rescatan las políticas neoliberales de gobiernos anteriores.

    Ulloa señaló que los Gobiernos Autónomos Descentralizados (Municipios, Consejos Provinciales y los nuevos Consejos Regionales), podrán cobrar tasas, sobretasas y contribuciones por todos los servicios que entregan a la población, adicionalmente, los municipios podrán también crear tarifas (Art. 191) a los servicios públicos que reciben los habitantes. Lo que significa que desaparece la visión de servicio a la comunidad, ya que por todos los servicios que reciben tendrán que pagar.

    Denunció que los nuevos Gobiernos Regionales, podrán fijar un monto adicional a los impuestos, a los consumos especiales y al precio de los combustibles (Art. 179), esta atribución también la tendrán los Distritos Metropolitanos lo que le convierte en inconstitucional porque solo el Presidente de la República tiene la faculdad de crear, modificar o suprimir los impuestos, de conformidad con el Art. 135 de la Constitución.

    “Se instituye la creación de tasas, impuestos, contribuciones especiales de mejoras, el pueblo financiará vía impuestos y tasas la obra pública, los neoliberales aprobaron la famosa autogestión (50- 50) y con la revolución ciudadana se incrementa al 100%. (Art. 599 y siguientes)”,  sentenció.

    Insistió que para la construcción, rectificación o pavimentación de carreteras o caminos, o la construcción de puentes por parte del Consejo Provincial,  los propietarios beneficiados dentro de la zona de influencia primaria, secundaria y terciaria cubrirán el 60% y el Consejo Provincial el 40%.

    En el caso de obras  en los Municipios y Distritos Metropolitanos las contribuciones especiales de mejoras, se determinan  de acuerdo al costo de repavimentación de vías públicas, aceras, cercas, alcantarillado, construcción y ampliación de obras, sistemas de agua potable, plazas y parques lo costeará en el 100% los propietarios beneficiados con las obras sin excepción. El Asambleísta agregó que los municipios tendrán la obligación de actualizar los catastros y la valoración de la propiedad urbana y rural cada dos años, con lo cual se elevará el impuesto predial (Art. 527).

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