“Extracto de la comunicación al Ministro de Educacion”
Entre los meses de junio y julio del presente año, con motivo de la finalización del año lectivo he recibido un sin números de visitas de madres y padres de familia que vienen en búsqueda de posible solución, a un tema que no solo en la provincia de Cotopaxi debe ocurrir, sino en todo el país.
No se justifica que en un país en donde se ha reconocido el carácter estructural y político del Estado ecuatoriano como Plurinacional e Intercultural, existan centros educativos en donde alumnos indígenas y campesinos pierdan el año lectivo en una lengua extranjera como es el inglés, y no se valore otras lenguas propias que si son de interés para los ecuatorianos y se le tome como alternativa otras lenguas propias de la diversidad del Ecuador que le sirva directamente al estudiante y pueda ser convalidada en nuestra sociedad.
Como Asambleístas del Estado Plurinacional del Ecuador, estamos en la obligación moral de empezar a poner en vigencia la nueva Constitución Política del Estado, por tal razón, solicito al Sr. Ministro de Educación, como máxima autoridad de la política Educativa del Estado Plurinacional del Ecuador, se emita una política o algún instrumento de convalidación de idiomas, o alguna salvedad al respecto.
Es una triste no poder dar respuesta inmediata a una madre de familia que no sabe qué hacer porque su hijo está bien en todas las materias, pero éste es el tercer año que pierde en inglés y con la misma maestra en el reconocido colegio Provincia de Cotopaxi, del canton Pujilí. Este es solo un ejemplo Sr. Ministro, entiendo que tal vez haya alguna disposición al respecto, la cual solicito se me remita a fin de poder dar respuesta a este tipo de inquietudes que tengo como Asambleísta, pero también que se difunda a nivel nacional como debe ser tratado este y otros casos similares.
Insto al Sr. Ministro que se empiece a aplicar el Art. 29.- de la Constitución Política del Estado que garantiza la libertad de enseñanza, así como “el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural”. Art. 343.- Inciso 2, que dice “El sistema nacional de educación integrará una visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país…” y el Art. 347, Numeral 9, que dice que es responsabilidad del Estado “Garantizar el sistema de educación intercultural bilingüe, en el cual se utilizará como lengua principal de educación la de la nacionalidad respectiva y el castellano como idioma de relación intercultural, bajo la rectoría de las políticas públicas del Estado y con total respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades”. Sr. Ministro, para los pueblos y nacionalidades indígenas, uno de los elementos fundamentales del sumak kawsay es el idioma y sus relaciones de interculturalidad.
El inglés debe ser tomado también como una lengua optativa de interrelación, pero la mayor prioridad deben tener las lenguas indígenas que ya tienen un alcance constitucional y que no deben ser minimizadas sino revalorizadas en su real condición como lo ha comenzado hacer el Sr. Presidente de la República.











