Asambleísta Tibán, acudirá el día de mañana jueves 18 de febrero del 2010, a las 9H00, para ser recibida en Comisión General de la Sesión Municipal del Cantón Latacunga, como respuesta a la frecuente queja de los Salcedenses, respecto de una ordenanza que prohíbe que los buses que vienen del sector sur de Latacunga ya no ingresen al centro de la ciudad hasta el sector del Hospital de Latacunga.
A la cita acudirán: los representantes del sector de transporte de Salcedo y Belisario Quevedo, así como representantes de padres de familia y ciudadanía que se sienten perjudicados por esta Ordenanza Municipal.
Quito, 12 de febrero del 2010
AN-LTG-0074-10
Señor Arquitecto
Rodrigo Espín
ALCALDE DEL CANTON LATACUNGA
SEÑORES CONCEJALES DEL CANTON LATACUNGA
Presente.-
Asunto: Solicitud de ser recibidos en Comisión General
Señor Alcalde y Señores Concejales: En mi condición de Asambleísta Nacional en representación de la Provincia de Cotopaxi, de conformidad con el Art. 11 numeral 9 de la Constitución de la Republica, me dirijo ante Ustedes para exponer y solicitar lo siguiente:
Desde hace mucho tiempo atrás he venido recibiendo una permanente queja de incomodidad de los ciudadanos Salcedenses y últimamente de la gente de la Parroquia de Belisario Quevedo, respecto de una Ordenanza emitida por el Municipio de Latacunga, en el periodo administrativo del Ex Alcalde Rafael Maya Coronel, en la cual se prohíbe que todo el sector del transporte de pasajeros que ingresaba desde la parte sur de la ciudad ya no lo pueden hacer. Es decir que las Cooperativas de Transportes de Pasajeros de Salcedo y Belisario Quevedo, ya no utilicen su tradicional recorrido ingresando al centro de la ciudad (ni tanto al centro, sino solo hasta la esquina de la Cárcel de Latacunga), y a partir de la Ordenanza deben utilizar la Panamericana Sur e ingresar directamente desde Salcedo al Terminal Terrestre de Latacunga.
Señor Alcalde y Señores Concejales, como Autoridad de la Provincia, estoy en la obligación de coadyuvar en los proyectos y programas de desarrollo y ordenamiento de la ciudad, pero también de velar por la plena vigencia de los Derechos Constitucionales, considero que al poner en vigencia esta ordenanza, el Municipio de Latacunga, no solo que ha causado un malestar e incomodidad generalizado de la ciudadanía, tanto de los padres de familia que tienen a sus hijos estudiando en la ciudad de Latacunga, y a la gente que labora y ejerce muchas actividades en este cantón, cuyos costos en pasajes se han triplicado porque tienen que acomodarse con un costo extra a un taxi o a un bus urbano, para poder acercarse al perímetro urbano de la ciudad, pero además de los costos extras en los pasajes, los ciudadanos necesitan más tiempo para hacer un trasbordo quedándose en el sector del Niágara o Sector del Rio Cutuchi (Puente a la Altura del Molino Poultier), y que además, se ven amenazados al alto riesgo de accidentes, que al intentar cruzar la Panamericana han sufrido accidentes de tránsito, incluso pérdidas de vidas humanas, constituyéndose este en un problema diario de orden social y económico para toda la población del sector sur de Latacunga.
Señor Alcalde y señores Concejales, esta situación no solo tiene que ver con la justa queja y malestar de la ciudadanía, sino que la Ordenanza es una flagrante violación a la Constitución de la Republica en sus Arts. 424 y 425, pues, una Ordenanza no puede estar sobre una Ley Orgánica, y peor ser contradictoria con los Derechos Constitucionales. Al respecto, la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en sus Arts. 2 y 3, expresan lo siguiente:
“Art. 2 La presente Ley se fundamenta en los siguientes principios generales: el derecho a la vida, al libre tránsito y la movilidad, la formalización del sector, lucha contra la corrupción, mejorar la calidad de vida del ciudadano, preservación del ambiente, desconcentración y descentralización.
En cuanto al trasporte terrestre, tránsito y seguridad vial, se fundamenta en: la equidad y solidaridad social, derecho a la movilidad de personas y bienes, respeto y obediencia a las normas y regulaciones de circulación, atención al colectivo de personas vulnerables, recuperación del espacio público en beneficio de los peatones y transportes no motorizados y la concepción de la reas urbanas o ciudades amigables.
Art. 3 El Estado garantizará que la prestación del servicio de transporte público se ajuste a los principios de seguridad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, continuidad y calidad, con tarifas socialmente justas”.
Frente a varias quejas y escritos que he recibido, les recomendé a los usuarios dialogar con las actuales autoridades y buscar una solución urgente como bien lo señala el Art. 66 numeral 23 de la Constitución, que menciona que “todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades y a recibir atención o respuestas motivas…”.
Sin embargo, ha pasado más de un año de vigencia de esta Ordenanza, y según los transportistas de pasajeros del Cantón Salcedo, que con fecha de hoy 12 de febrero del 2010, me hacen conocer y me comentan que han pasado de reunión en reunión, pero que no hay una respuesta concreta a este problema, en tal virtud, en vista que la Comisión respectiva del Municipio de Latacunga no ha resuelto este pedido de la ciudadanía, SOLICITO A NOMBRE DE LOS USUARIOS DEL CANTON SALCEDO Y BELISARIO QUEVEDO, SER RECIBIDOS EN COMISION GENERAL DE LA PROXIMA SESION DEL ILUSTRE MUNICIPIO DE LATACUNGA, Y SEA EL PLENO DE LA SESION QUE RESULVA LA DEROGATORIA DE LA ORDENANZA QUE REGULA LA CIRCULACION DEL TRANSPORTE PUBLICO INTERPARROQUIAL, INTERCANTONAL Y DE CARGA EN LA CIUDAD DE LATACUNGA, puesta en vigencia con fecha 29 de diciembre del 2008.
A la espera de que mi pedido será atendido favorablemente me suscribo:
Atentamente,
Lourdes Tibán Guala
ASAMBLEISTA DEL ESTADO PLURINACIONAL DEL ECUADOR
SEGUNDA VOCAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION LEGISLATIVA
Dirección: 6 de diciembre y piedrahita Quito - Ecuador
Telfs: Celular (593) 087645983 - 099701210
http://asambleanacional.gov.ec/blogs/lourdes_tiban/ http://lourdestiban.blogspot.com



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