RSS
  • Escrito en Julio 13, 2010

    Por Pamela Falconí

    Ver los comentarios  0 Comentarios
    Dejar un comentario  Dejar un comentario

    MalaRegularBuenaMuy BuenaExcelente 0 votos

    Compartir:
    • Facebook
    • Twitter
    • del.icio.us
    • Technorati
    • Meneame
    • MySpace

    Imprimir Imprimir    Enviar Enviar

    Otros

    Artículos Relacionados

    El movimiento actual en pro de la elevación de los niveles de calidad de la Educación Superior propone en primer lugar, un esfuerzo clarificador del concepto de la calidad y sus implicaciones, la primera aproximación especifica de la calidad educativa, ademas de la permanente y la tradicional, referentes a una buena educación, a un buen plan de estudios, o al mejoramiento de las universidades en general, esta Ley tiene que garantizar ese  derecho que tenemos los ciudadanos a una educación superior de calidad, y sin discriminación alguna, comprender que el termino calidad en la educación superior universitaria requiere de una explicación de diferentes dimensiones, esto implica reconocer que en lugar de un problema teórico, uno se enfrenta con el paradigma de distinguir que la calidad es parte de un ineludible compromiso profesional académico, debemos lograr la excelencia del proceso educativo y explicitar con claridad la serie de opciones ideológicas y pedagógicas  que enfrentamos para tomar decisiones y asumir los retos del siglo XXI, por eso es necesario que nuestra educación superior propenda a la excelencia.

    En relación al Art. 140, de la propuesta, en cuanto a la evaluación periódica integral que dice: Todos los profesores o profesoras e investigadores e investigadoras serán sometidos a una evaluación periódica integral, según lo establecido en la presente Ley, el Reglamento de Carrera Docente del Sistema de Educación Superior y la normativa interna de cada institución, en ejercicio de su autonomía responsable. Se observará entre los parámetros de evaluación la que realicen los estudiantes a sus docentes.

    En cuanto a este tema de la evaluación quiero referirme que, durante la ultima década, la preocupación por la evaluación en la educación universitaria, constituye un rango esencial de la educación superior en los países mas desarrollados de Europa, la evaluación del profesorado universitario, para tener buenos docentes y productividad científica, es una practica generalizada; tendiente a converger con las corrientes europeas y americanas en su preocupación por mejorar la educación superior se refleja nítidamente en América Latina, en la multiplicación de reuniones internacionales sobre el tema.

    Actualmente la educación superior no solo preocupa a los participantes en el proceso educativo, que son los profesores, estudiantes, investigadores y rectores universitarios, sino también a los empresarios y empleadores que consideran a las instituciones

    universitarias como centro de capacitación de profesionales de alto nivel y de producción de conocimiento y tecnología esenciales para mantener el ritmo de desarrollo económico.
    El movimiento actual en pro de la elevación de los niveles de calidad de la Educación Superior propone en primer lugar, un esfuerzo clarificador del concepto de la calidad y sus implicaciones, la primera aproximación especifica de la calidad educativa, ademas de la permanente y la tradicional, referentes a una buena educación, a un buen plan de estudios, o al mejoramiento de las universidades en general, esta Ley tiene que garantizar ese  derecho que tenemos los ciudadanos a una educación superior de calidad, y sin discriminación alguna, comprender que el termino calidad en la educación superior universitaria requiere de una explicación de diferentes dimensiones, esto implica reconocer que en lugar de un problema teórico, uno se enfrenta con el paradigma de distinguir que la calidad es parte de un ineludible compromiso profesional académico, debemos lograr la excelencia del proceso educativo y explicitar con claridad la serie de opciones ideológicas y pedagógicas  que enfrentamos para tomar decisiones y asumir los retos del siglo XXI, por eso es necesario que nuestra educación superior propenda a la excelencia.

    En relación al Art. 140, de la propuesta, en cuanto a la evaluación periódica integral que dice: Todos los profesores o profesoras e investigadores e investigadoras serán sometidos a una evaluación periódica integral, según lo establecido en la presente Ley, el Reglamento de Carrera Docente del Sistema de Educación Superior y la normativa interna de cada institución, en ejercicio de su autonomía responsable. Se observará entre los parámetros de evaluación la que realicen los estudiantes a sus docentes.

    En cuanto a este tema de la evaluación quiero referirme que, durante la ultima década, la preocupación por la evaluación en la educación universitaria, constituye un rango esencial de la educación superior en los países mas desarrollados de Europa, la evaluación del profesorado universitario, para tener buenos docentes y productividad científica, es una practica generalizada; tendiente a converger con las corrientes europeas y americanas en su preocupación por mejorar la educación superior se refleja nítidamente en América Latina, en la multiplicación de reuniones internacionales sobre el tema.

    Actualmente la educación superior no solo preocupa a los participantes en el proceso educativo, que son los profesores, estudiantes, investigadores y rectores universitarios, sino también a los empresarios y empleadores que consideran a las instituciones

    universitarias como centro de capacitación de profesionales de alto nivel y de producción de conocimiento y tecnología esenciales para mantener el ritmo de desarrollo económico.

    Por esto se ponen de manifiesto nuevas vinculaciones de la calidad universitaria con factores costo-efectividad y costo-beneficio.

    En el artículo. 84 de este informe, que se refiere al principio de calidad, que expresa: El principio de calidad consiste en la búsqueda constante y sistemática de la excelencia, la pertinencia, producción optima, transmisión del conocimiento y desarrollo del pensamiento mediante la autocritica, la critica externa y el mejoramiento permanente.

    Debo referirme que la calidad como excelencia implica la superación de estándares altos, esta vinculada con la concepción tradicional, e identifica los componentes de la excelencia. Aquello radica en los insumos y los productos o resultados. La universidad que atrae a los mejores estudiantes, los mejores catedráticos, los mejores recursos físicos y tecnológicos, por su propia naturaleza, es excelente y producirá profesionales de alta calidad, eso es lo que queremos, para todas nuestras universidades.

    Artículo. 106.- Principio de integralidad.- El principio de integralidad supone la articulación entre el Sistema Nacional de Educación, sus diferentes niveles de aprendizaje y modalidades, esto es con la formación inicial, básica, bachillerato, técnico  complementario y la educación no formal con el Sistema de Educación Superior, así como la articulación al interior del propio Sistema de Educación Superior.
    Para garantizar este principio, las instituciones del Sistema de Educación Superior, articularan e integrarán de manera efectiva a los actores y procesos, en especial del bachillerato.

    Con respecto a este artículo, el esfuerzo de este mejoramiento se debe dar en busca de una educación integral como proceso que asegure la adquisición de conocimientos significativos, y el desarrollo de capacidades que permitan al estudiante universitario concebirse como inmerso en una realidad social de la que es parte activa y frente a la cual se desempeña no solo como experto del conocimiento en un ámbito especifico, sino como ciudadano competente, en este contexto se debe tomar en cuenta los datos estadísticos de las Pruebas “SER 2008” las que dan como resultado que en matemáticas 81.96% de los alumnos del tercer año del bachillerato tienen promedios regulares e insuficientes, en Lenguaje y comunicación se encuentran el 67.56% de alumnos de cuarto año de educación básica con promedios regulares e insuficientes por citar como ejemplo estos dos casos, por eso es importante que esta integralidad se maneje con una buena coordinación para superar las falencias que existen en la educación.

    En relación a las carreras ofertadas por las universidades, según la SENPLADES, existen cuatro carreras que están saturadas como son: Administración de Empresas en un 34 %, Educación, en un 14%, Derecho, en un 12% y Ciencias de la Salud, en un 11%;

    el 29% restante corresponden a otras especializaciones, pese a que en la evaluación global de las universidades y escuelas politécnicas, elaborado por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (Conea) constan 609 carreras disponibles.

    Para SENPLADES, esto responde a que las universidades no orientaron sus esfuerzos de formación profesional a las demandas de desarrollo, sino a exigencias más lucrativas, sin una vinculación a la demanda social.

    Tenemos como ejemplo que en las áreas de administración, comercio y finanzas hay 500.000 estudiantes cursando, o en Derecho, en donde actualmente existen 60.000 profesionales también hay 30.000 estudiantes, si bien es cierto en nuestro país existen 609 carreras como cita SENPLADES, se debe ofertar las carreras alternativas, por citar las siguientes: Terapia en Lenguaje, Ingeniería Forestal, Ingeniería Hidráulica, Ingeniería en Alimentos, Prevención de Riesgos, entre otras.

    La propuesta de Ley también reconoce la paridad de genero, igualdad de oportunidades y equidad conforme a lo establecido por la Constitución que es uno de los logros plasmados en la misma.

    Respecto a la transitoria vigésima segunda que manifiesta: Los profesores o profesoras e investigadores e investigadoras, de las instituciones públicas del Sistema de Educación Superior que se hayan acogido a la jubilación patronal a la vigencia de la presente Ley continuaran recibiendo este beneficio, de acuerdo con las regulaciones dictadas por el Ejecutivo.

    Este inciso primero de esta transitoria en su parte ultima debería decir, de acuerdo con las regulaciones que dicte la Ley.

    Por esto se ponen de manifiesto nuevas vinculaciones de la calidad universitaria con factores costo-efectividad y costo-beneficio.

    En el artículo. 84 de este informe, que se refiere al principio de calidad, que expresa: El principio de calidad consiste en la búsqueda constante y sistemática de la excelencia, la pertinencia, producción optima, transmisión del conocimiento y desarrollo del pensamiento mediante la autocritica, la critica externa y el mejoramiento permanente.

    Debo referirme que la calidad como excelencia implica la superación de estándares altos, esta vinculada con la concepción tradicional, e identifica los componentes de la excelencia. Aquello radica en los insumos y los productos o resultados. La universidad que atrae a los mejores estudiantes, los mejores catedráticos, los mejores recursos físicos y tecnológicos, por su propia naturaleza, es excelente y producirá profesionales de alta calidad, eso es lo que queremos, para todas nuestras universidades.

    Artículo. 106.- Principio de integralidad.- El principio de integralidad supone la articulación entre el Sistema Nacional de Educación, sus diferentes niveles de aprendizaje y modalidades, esto es con la formación inicial, básica, bachillerato, técnico  complementario y la educación no formal con el Sistema de Educación Superior, así como la articulación al interior del propio Sistema de Educación Superior.
    Para garantizar este principio, las instituciones del Sistema de Educación Superior, articularan e integrarán de manera efectiva a los actores y procesos, en especial del bachillerato.

    Con respecto a este artículo, el esfuerzo de este mejoramiento se debe dar en busca de una educación integral como proceso que asegure la adquisición de conocimientos significativos, y el desarrollo de capacidades que permitan al estudiante universitario concebirse como inmerso en una realidad social de la que es parte activa y frente a la cual se desempeña no solo como experto del conocimiento en un ámbito especifico, sino como ciudadano competente, en este contexto se debe tomar en cuenta los datos estadísticos de las Pruebas “SER 2008” las que dan como resultado que en matemáticas 81.96% de los alumnos del tercer año del bachillerato tienen promedios regulares e insuficientes, en Lenguaje y comunicación se encuentran el 67.56% de alumnos de cuarto año de educación básica con promedios regulares e insuficientes por citar como ejemplo estos dos casos, por eso es importante que esta integralidad se maneje con una buena coordinación para superar las falencias que existen en la educación.

    En relación a las carreras ofertadas por las universidades, según la SENPLADES, existen cuatro carreras que están saturadas como son: Administración de Empresas en un 34 %, Educación, en un 14%, Derecho, en un 12% y Ciencias de la Salud, en un 11%;

    el 29% restante corresponden a otras especializaciones, pese a que en la evaluación global de las universidades y escuelas politécnicas, elaborado por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (Conea) constan 609 carreras disponibles.

    Para SENPLADES, esto responde a que las universidades no orientaron sus esfuerzos de formación profesional a las demandas de desarrollo, sino a exigencias más lucrativas, sin una vinculación a la demanda social.

    Tenemos como ejemplo que en las áreas de administración, comercio y finanzas hay 500.000 estudiantes cursando, o en Derecho, en donde actualmente existen 60.000 profesionales también hay 30.000 estudiantes, si bien es cierto en nuestro país existen 609 carreras como cita SENPLADES, se debe ofertar las carreras alternativas, por citar las siguientes: Terapia en Lenguaje, Ingeniería Forestal, Ingeniería Hidráulica, Ingeniería en Alimentos, Prevención de Riesgos, entre otras.

    La propuesta de Ley también reconoce la paridad de genero, igualdad de oportunidades y equidad conforme a lo establecido por la Constitución que es uno de los logros plasmados en la misma.

    Respecto a la transitoria vigésima segunda que manifiesta: Los profesores o profesoras e investigadores e investigadoras, de las instituciones públicas del Sistema de Educación Superior que se hayan acogido a la jubilación patronal a la vigencia de la presente Ley continuaran recibiendo este beneficio, de acuerdo con las regulaciones dictadas por el Ejecutivo.

    Este inciso primero de esta transitoria en su parte ultima debería decir, de acuerdo con las regulaciones que dicte la Ley.

    Su opinión nos interesa, usted puede dejar un comentario.

    Etiquetas:
  • 0 Comentarios

    Respuestas en comentarios de este artículo:

  • Escribir un comentario

    Déjenos saber que piensa.

  • Nombre (requerido):

    Email (requerido):

    Sitio Web:

    Mensaje: